Contratación
PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN NEGOCIADO
Por razón de la cuantía, se utilizará el procedimiento negociado, con o sin publicidad, en aquellas contrataciones que no superen las siguientes cuantías:
2.1 PROCEDMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD:
TIPO DE CONTRATO VALOR ESTIMADO IVA EXCLUIDO
Contrato de obras de 50.001 a 200.000 euros.
Contratos de suministro de 18.001 a 60.000 euros.
Contratos de servicios de 18.001 a 60.000 euros.
Contrato de gestión s.p. de 18.001 a 60.000 euros.
En estos contratos se deberá invitar al menos a tres empresas capacitadas para la ejecución del contrato. Mediante informe técnico que debe incorporarse al expediente se acreditará la imposibilidad de cumplir el requisito anterior, sin que sea causa alegable la urgencia de la contratación.
El plazo para presentar ofertas por las empresas será de 15 días desde que reciban la invitación, negociándose con posterioridad según la oferta presentada.
El órgano competente para contratar señalará qué aspectos de la contratación son objeto de negociación indicando su importancia o asignándole a los mismos una puntuación.
El contrato no podrá ser modificado, salvo que el órgano competente acuerde expresamente otra cosa, incorporándolo al pliego de Condiciones o estableciéndolo expresamente en el acuerdo donde se inicie el procedimiento de contratación.
2.2 PROCEDMIENTO NEGOCIADO CON PUBLICIDAD:
TIPO DE CONTRATO VALOR ESTIMADO IVA EXCLUIDO
Contrato de obras de 200.001 a 1.000.000 euros.
Contratos de servicios de 60.001 a 100.000 euros.
Contratos de suministros de 60.001 a 100.000 euros.
Contrato de gestión s.p de 60.001 a 500.000 euros.
La licitación se publicará en el Perfil de contratante de la empresa EGUSA y para los contratos de obras y gestión de servicios públicos que superen los 400.000 euros se publicarán además en el BOP de Valencia.
Se elaborará un pliego de Condiciones de la contratación donde se incorporarán :
- Los preceptos de la LCSP relativos a capacidad y solvencia de las empresas que le serán de aplicación.
- Los relativos a las causas de prohibición de contratar señalados en la LCSP.
- Los plazos para presentar proposiciones serán los señalados en la Ley de 26 ó 15 días dependiendo del tipo de contrato.
- Las disposiciones de la LCSP que hacen referencia a las garantías exigidas al contratista.
- El régimen de penalidades impuestas al contratista en caso de incumplimiento del contrato que podrá ser el señalado en la LCSP o el que apruebe el órgano de contratación.
- Posibilidad o no de modificar el contrato, señalando en su caso los términos de la modificación.
OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN DE LAS INSTRUCCIONES
PERFIL DEL CONTRATANTE
PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN
OTRAS CONSIDERACIONES
